Con este trámite se puede obtener una bonificación del 100% sobre la cuota del impuesto para los vehículos catalogados como históricos de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 1 del Reglamento de Vehículos Históricos 1.247/1995 de 14 de julio.
Las personas físicas o jurídicas y las entidades a cuyo nombre coste el vehículo en el permiso de circulación.
Sede Electrónica o Presencial
Seis meses conforme al RD 1065/2007 de 27 de julio.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente hábil a la fecha de recibo de la notificación podrá interponer:a) Recurso potestativo de reposición previo, en su caso, a la reclamación económico-administrativa, ante el/la Titular del Órgano de Gestión Tributaria en los términos del artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.b) O bien directamente reclamación económico administrativa previa, en su caso, al recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal en los términos señalados en el artículo 137 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local 7/1985, de 2 de abril (conforme con la adición realizada por la ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local 57/2003, de 16 de diciembre) y en el Reglamento del Tribunal Económico Administrativo Municipal aprobado por este Ayuntamiento.Sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas LocalesReal Decreto 2822/1998, De 23 De Diciembre Por El Que Se Aprueba El Reglamento General De VehículosReal Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.Ordenanzas fiscalesOrdenanza fiscal nº 1: General de gestión, recaudación e inspecciónOrdenanza fiscal nº 6 reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
¿De qué porcentaje es la bonificación?Se establece una bonificación del 100% en la cuota correspondiente.¿Qué se entiende por vehículo histórico, en este trámite?A tales efectos se entenderá por vehículos históricos, tal como establecen los apartado 2 y 3 del artículo 1 de dicho Reglamento:- Los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica, si así se desprende de los informes acreditativos y asesoramientos pertinentes.- Los llamados vehículos de colección, entendiéndose por tales los que, por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.¿Cómo puedo catalogar un vehículo como histórico?Este trámite se realiza en la Junta de Andalucía, se puede acceder a más información en le siguiente enlace: Catalogación de vehículos históricos
Solicitud bonificación en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para los vehículos catalogados como históricos